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REDUCCION DE JORNADA: Calculo indemnización por despido

Publicada el 13 de junio de 2014 en Sentencias

El Tribunal de Justicia de Madrid, en su Sentencia de fecha 7 de abril de 2014, respecto al calculo de la indemnizacion por despido de un trabajador en reduccion de jornada, DICE:

» La indemnización por despido en el supuesto de reducción de jornada debe ser calculada conforme al salario percibido a jornada completa, pues lo contrario desvirtuaría la esencia de la jornada reducida, que de otro lado podría ser disuasoria para los trabajadores en relación al ejercicio de su derecho a acogerse al referido permiso, siendo también contrario a la conciliación del ejercicio de la actividad profesional con la vida familiar; así lo ha entendido la Sentencia del TJUE de 27-2-2014, Asunto C-588/12Lyreco Belgium NV contra Sophie Rogiers , que revela que conforme al Derecho de la Unión, los derechos adquiridos por el trabajador en la fecha de inicio del permiso parental (es decir, el conjunto de derechos y ventajas derivados de la relación laboral) deben mantenerse sin modificaciones hasta el final del permiso. Y así, considera que el derecho a una indemnización global de protección en caso de resolución unilateral del contrato sin que concurran razones imperiosas o una justa causa, forma parte de los derechosadquiridos, en la medida en que tal indemnización es debida por el empleo que el trabajador ha ocupado y
que seguiría ocupando de no mediar un despido ilegal»

EN RESUMEN, que el error en el cálculo de la indemnización de un trabajador en reducción de jornada sin tener en cuenta el salario percibido a jornada completa es un error inexcusable y por lo tanto se declara el despido improcedente

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